El Proceso PDF Imprimir Correo
Escrito por Dirección de Comunicaciones RREE   
Lunes, 23 de Abril de 2012 22:23

¿CUÁL ES EL ORIGEN DE LA LEY?

  • La Constitución de la República en su Artículo 32 establece que la familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá protección del Estado, aprobándose la legislación secundaria necesaria y creando los organismos y servicios apropiados para su bienestar y desarrollo social, cultural y económico.
  • La Ley Especial para la Protección y Desarrollo de la Persona Migrante Salvadoreña fue aprobada el 17 de marzo de 2011 y entró en vigencia el 22 de abril del mismo año, y tiene como objetivo la protección de los derechos del migrante salvadoreño y su familia.
  • Su respectivo Reglamento entró en vigencia este 18 de abril de 2012, tras su publicación en el Diario Oficial.

OBJETIVO DE LA NORMATIVA

  • El objetivo de la ley es el de desarrollar los principios constitucionales rectores garantes de los derechos de la persona migrante salvadoreña y su familia; por medio del diseño, formulación, evaluación y monitoreo de políticas públicas integrales de protección y desarrollo, mediante la coordinación interinstitucional e intersectorial del Estado y la sociedad civil, en los procesos de desarrollo nacional.
  • El Reglamento de Ejecución, en tanto, tiene por objeto desarrollar, facilitar y ejecutar la aplicación en las disposiciones contenidas en la referida Ley.

CONSEJO NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DESARROLLO DE LA PERSONA MIGRANTE Y SU FAMILIA (CONMIGRANTES)

  • La ley exige la creación del Consejo Nacional para la Protección y Desarrollo de la Persona Migrante y Su Familia  (CONMIGRANTES).
  • Es  una institución autónoma descentralizada de derecho público, sin fines de lucro, organizada interinstitucionalmente bajo la participación de la sociedad civil y los migrantes, la cual se convertirá en un ente de coordinación interinstitucional e intersectorial del Estado.
  • A partir de la entrada en vigencia del Reglamento, la Cancillería, a través del Viceministerio para Salvadoreños en el Exterior, ha iniciado el proceso para la conformación del CONMIGRANTES, para lo cual publicará a inicios de la próxima semana la convocatoria oficial para aquellos actores que deseen ser parte de este Consejo.

FUNCIONES DEL CONMIGRANTES

  • Crear y cumplir políticas integrales sobre migración y desarrollo.
  • Coordinar actividades entre consulados de El Salvador con instituciones públicas y privadas.
  • Crear y cumplir las políticas que protejan al migrante y le ayuden a su desarrollo y el de su familia que vive en El Salvador.

¿QUIÉNES INTEGRARÁN EL CONSEJO?

  • Representantes Gubernamentales: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Ministerio de Salud, Ministerio de Economía, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Turismo, Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Corporación de Municipalidades de El Salvador (COMURES), Procuraduría General de la República y Registro Nacional de Personas Naturales.
  • Representantes No Gubernamentales: Asociaciones de salvadoreños radicados en el exterior,  organizaciones no gubernamentales salvadoreñas relacionadas con la materia, universidades privadas, Universidad de El Salvador y asociaciones de la pequeña y mediana empresa.

ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CONMIGRANTES

  • Pleno del Consejo
  • Secretaría Ejecutiva
  • Unidades Técnicas

EL PROCESO DE SELECCIÓN

  • Todas las entidades no gubernamentales interesadas en participar en el proceso de selección de representantes al Consejo deberán solicitar su inscripción ante la Dirección General de Migración y Desarrollo (DGMD) del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Se publicarán las fechas de las sesiones de selección del representante de cada entidad.
  • En el caso de las asociaciones de salvadoreños en el exterior, estas deberán registrarse en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Se elegirá un Comité Electoral Consular y se seleccionarán ternas en Asambleas Generales Locales.
  • Así se elegirán a los tres representantes de las asociaciones de salvadoreños radicados en el exterior, y sus suplentes, que integrarán el Consejo.